VISTO el expediente N° 1109-69-001-2023, relacionado con la inspección realizada por Ursea el 19 de setiembre de 2023, a la instalación RAGLP 280 de razón social “AGRO CENTRO CASUPA SRL” - RUT 070059070014, ubicada en Ruta 7 km 110, padrón 700, localidad de Casupá, departamento de Florida, perteneciente a la cadena de distribución de DUCSA; RESULTANDO: I) que en la inspección fueron constatados: exceso de un 13,1% asimismo fue solicitada la constancia de capacitación del personal en manejo de GLP, habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, plan de operación mantenimiento y emergencia previsto y plano conforme de obra; II) que los asesores actuantes recomendaron la aplicación de una sanción equivalente a 512 UI para la instalación y equivalente a 25.000 UI para la Distribuidora, así como la corrección de los incumplimientos constatados; III) que fue conferida la vista de precepto a la instalación y la Distribuidora, a fin de que pudieran presentar sus descargos de creerlo oportuno; IV) que se evacuó vista por parte de la Distribuidora, señalando el levantamiento de los incumplimientos constatados; V) que el levantamiento fue satisfactorio por lo que corresponde morigerar en un 50% la sanción propuesta para la instalación; CONSIDERANDO: que se cumplió en el caso con el debido procedimiento, por lo que procede resolver en consecuencia; ATENTO: a lo dispuesto por el Reglamento para la Prestación de Actividades de Comercialización Mayorista, Transporte, Envasado, Recarga y Distribución de Gas Licuado de Petróleo, al Reglamento Técnico y de Seguridad de Instalaciones y Equipos destinados al manejo de GLP, la Ley Nº 17.598 de 13 de diciembre de 2002, con sus modificativas y concordantes y la Resolución de Directorio Nº 237/2019;
EL DIRECTORIO DE URSEA RESUELVE:
1.- Aplicar a la instalación RAGLP 280 de razón social “AGRO CENTRO CASUPA SRL” - RUT 070059070014, ubicada en Ruta 7 km 110, padrón 700, localidad de Casupá, departamento de Florida, una sanción de 256 UI (Unidades indexadas doscientas cincuenta y seis), en atención a lo expuesto y a lo que surge de obrados. 2.- Aplicar a la Distribuidora DUCSA (RUT 214421830010), con una multa de 25.000 UI (veinticinco mil Unidades indexadas), por el depósito no autorizado constatado. 3.- Notifíquese, publíquese en la base de Resoluciones del sitio Web de la Unidad y en la base de Sanciones. 4.- Pase a la División Gestión de Recursos a efectos del cobro de la multa impuesta. Cumplido, pase a Contabilidad. 5.- Oportunamente archívese.
2.14.0.0
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